{"id":8308,"date":"2021-12-24T12:14:59","date_gmt":"2021-12-24T15:14:59","guid":{"rendered":"http:\/\/eenergetica.com.ar\/?p=8308"},"modified":"2021-12-24T12:15:00","modified_gmt":"2021-12-24T15:15:00","slug":"el-gobierno-vuelve-a-aplicar-bandas-tarifarias-en-los-vuelos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/eenergetica.com.ar\/index.php\/2021\/12\/24\/el-gobierno-vuelve-a-aplicar-bandas-tarifarias-en-los-vuelos\/","title":{"rendered":"EL GOBIERNO VUELVE A APLICAR BANDAS TARIFARIAS EN LOS VUELOS"},"content":{"rendered":"\n<p><strong>El Gobierno volver\u00e1 a aplicar tarifas m\u00e1ximas para los vuelos internos del transporte aerocomercial, a ra\u00edz del &#8220;exceso de oferta en un mercado deprimido por la pandemia y la existencia de tarifas que no se ajustan a los costos operativos de las empresas&#8221;.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp; &nbsp;Esa medida se mantuvo vigente hasta 2016, a\u00f1o en el que fue eliminada; en 2018, el Gobierno de Mauricio Macri tambi\u00e9n quit\u00f3 la banda inferior y, as\u00ed, habilit\u00f3 el ingreso de las low cost.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp; La decisi\u00f3n de volver a las bandas tarifarias se formaliz\u00f3 por medio del Decreto 879\/2021 del Ministerio de Transporte, publicado este viernes en el Bolet\u00edn Oficial.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp; &#8220;Encomi\u00e9ndase al Ministerio de Transporte que para en un plazo no mayor a 180 d\u00edas a partir de la publicaci\u00f3n de la presente medida, proceda a la determinaci\u00f3n de tarifas m\u00e1ximas y la conformaci\u00f3n de un sistema de bandas tarifarias para ser aplicada a los servicios internos regulares de transporte aerocomercial&#8221;, seg\u00fan el texto oficial.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp; Adem\u00e1s, ese Ministerio tendr\u00e1 a su cargo la organizaci\u00f3n y explotaci\u00f3n de la prestaci\u00f3n de servicios en tierra de las aeronaves en los aeropuertos y aer\u00f3dromos del Estado Nacional o bajo la administraci\u00f3n del Estado Nacional.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp; Por su parte, las empresas de transporte a\u00e9reo interno y\/o sus agentes, titulares de concesiones o autorizaciones otorgadas por el Poder Ejecutivo Nacional, podr\u00e1n prestar el servicio de atenci\u00f3n en tierra en las aeronaves afectadas a su tr\u00e1fico.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp; De acuerdo con lo dispuesto, la Administraci\u00f3n Nacional de Aviaci\u00f3n Civil (ANAC) tendr\u00e1 a su cargo &#8220;la reglamentaci\u00f3n, habilitaci\u00f3n, fiscalizaci\u00f3n y determinaci\u00f3n de las bases y criterios para el c\u00e1lculo de las tarifas justas, razonables y competitivas a aplicar por los servicios de atenci\u00f3n en tierra de aeronaves (servicios de rampa), como complementaci\u00f3n del servicio p\u00fablico de uso de instalaciones, en los aeropuertos del Sistema Nacional de Aeropuertos y dem\u00e1s aer\u00f3dromos bajo jurisdicci\u00f3n del Estado Nacional&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp; Para el Gobierno, el transporte p\u00fablico aerocomercial &#8220;constituye un servicio esencial para la comunidad, cuya prestaci\u00f3n el Estado Nacional debe asegurar en forma general, continua, regular, obligatoria, uniforme y en igualdad de condiciones para todos los usuarios&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp; Asimismo, el Poder Ejecutivo aclar\u00f3 que &#8220;se ha realizado un an\u00e1lisis de los balances presentados por las empresas transportistas que operan servicios regulares con venta libre de pasajes y se concluy\u00f3 que el resultado econ\u00f3mico de todas las empresas es negativo&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp; &#8220;Eso indica que los ingresos de la actividad aeron\u00e1utica no alcanzan a cubrir los costos directos e indirectos de la misma, desde hace varios a\u00f1os, como resultado de la fijaci\u00f3n de tarifas predatorias, que llevaron al colapso del sistema&#8221;, alert\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp; Adem\u00e1s, record\u00f3 que, como consecuencia de la pandemia y las medidas de aislamiento, &#8220;se vieron afectadas profundamente las empresas aerocomerciales que operan en el sistema de cabotaje e internacional&#8221;, mientras que &#8220;la cantidad de pasajeros y pasajeras se redujo considerablemente a pesar de mantenerse los mismos niveles tarifarios&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp; &#8220;El exceso de oferta en un mercado deprimido por la pandemia y la existencia de tarifas que no se ajustan a los costos operativos de las empresas pueden provocar la existencia de tarifas predatorias de mercado, susceptibles de conllevar a una competencia absurda con valores no compensatorios, que a su vez pueden impedir llevar adelante la explotaci\u00f3n comercial en condiciones de seguridad y rentabilidad, durante un per\u00edodo razonable&#8221;, puntualiz\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp; En consecuencia, resalt\u00f3 que &#8220;resulta conveniente regular respecto de tarifas de referencia y las bandas tarifarias que sirven de marco para la determinaci\u00f3n de los precios al p\u00fablico de los servicios que prestan los explotadores regulares de transporte a\u00e9reo interno de pasajeros, con el fin de su compatibilizaci\u00f3n con el actual nivel de los costos de la actividad&#8221;.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Gobierno volver\u00e1 a aplicar tarifas m\u00e1ximas para los vuelos internos del transporte aerocomercial, a ra\u00edz del &#8220;exceso de oferta en un mercado deprimido por la pandemia y la existencia&hellip; <\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[21],"tags":[],"class_list":["post-8308","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-economia"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/eenergetica.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8308","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/eenergetica.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/eenergetica.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/eenergetica.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/eenergetica.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=8308"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/eenergetica.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8308\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":8309,"href":"https:\/\/eenergetica.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8308\/revisions\/8309"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/eenergetica.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=8308"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/eenergetica.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=8308"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/eenergetica.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=8308"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}