PRIMEROS ESCARCEOS EN LA CÁMARA DE CASACIÓN: DECRETARON EL FIN DE UNA SUBROGANCIA DEL JUEZ HORNOS

La Cámara Federal de Casación Penal resolvió hoy que el actual presidente, Gustavo Hornos, cesará en la subrogancia en la Sala Tercera el próximo 22 de marzo, un año antes de lo que pretendía el propio magistrado.

   Por impulso del flamante presidente designado del tribunal, Alejandro Slokar, la Casación retomó un tradicional criterio que establece un límite temporal para las subrogancias ante la vacante en alguna de las salas.

   La decisión, que parece un mero trámite administrativo, insinúa una relación tirante entre el ala más conservadora del máximo tribunal penal y el sector progresista que encarna Slokar, cuya presidencia comenzará el próximo 1º de enero.

   Slokar fue, junto con las juezas Ángela Ledesma y Ana María Figueroa, el principal impulsor de los cuestionamientos contra Hornos y su colega Mariano Borinsky por las visitas de ambos al ex presidente Mauricio Macri.

   El 16 de setiembre pasado, la Sala Tercera sufrió la vacante de la jueza Liliana Catucci, quien renunció a su cargo para jubilarse después de que fracasara un intento de obtener una medida cautelar que le permitiera seguir siendo magistrada después de cumplir el límite etario de los 75 años de edad.

   Hornos, que es el actual presidente del Tribunal (y como tal no ocupa una vocalía fija en ninguna sala) asumió en reemplazo de Catucci y, según su criterio, como cesará en la presidencia el primer día de 2022, entonces le correspondía mantener la subrogancia durante un año.

   En la Sala Tercera están radicadas varias causas que involucran a ex funcionarios del gobierno 2003-2015 y es tribunal revisor de otros expedientes que salpican a funcionarios de la administración 2015-2019.

   Este martes, por diez votos contra uno, el plenario de la Casación excluyó a Hornos de la subrogancia, en tanto que sólo Hornos votó por su continuidad.

   La resolución judicial explica que el límite a la subrogancia de Hornos se adoptó “en resguardo de una equitativa distribución de la carga para la eficaz prestación del servicio de Justicia”.