EL GOBIERNO ADAPTA LAS REGULACIONES DE CAPITAL PARA EL SECTOR HIDROCARBURÍFERO

✔️ El Presidente y Guzmán anuncian el Régimen de Acceso a Divisas para Producción Incremental de Hidrocarburos, que apunta a generar certidumbre e incentivos para fomentar las inversiones y el incremento de la producción del sector en la Argentina

✔️ Es una medida clave para incrementar la escala de producción y utilizar la nueva capacidad de transporte que generará el Gasoducto Néstor Kirchner y las obras de infraestructura privadas

✔️ Apunta a resolver limitantes y cuellos de botella del sector:

▶️ facilitando que las compañías accedan a equipos especiales para obtener producción incremental
▶️ garantizando nuevas normas cambiarias para permitir un incremento de la Inversión Extranjera Directa en el sector
▶️ impulsando un mayor valor agregado nacional en la producción hidrocarburífera, y promoviendo un crecimiento federal de la inversión sectorial

✔️ El Decreto determina la creación de un Régimen Acceso a Divisas para la Producción incremental de Petróleo (RADPIP); un Régimen Acceso a Divisas para la Producción incremental de Gas Natural (RADPIGN); y un Régimen de Promoción del Empleo, el Trabajo y del Desarrollo de Proveedores Regionales y Nacionales de la Industria Hidrocarburífera (RPEPNIH)

➡️ BENEFICIOS DE LA MEDIDA
📌 Permitirá destrabar las inversiones de upstream claves para el desarrollo del sector

📌 Posibilitará la producción de gas natural requerida para abastecer el Gasoducto Néstor Kirchner una vez finalizada la obra

📌 Impulsará la producción incremental de petróleo para abastecimiento del mercado interno, la sustitución de importaciones y la generación de saldos exportables, fortaleciendo así la resiliencia de la balanza pagos y la capacidad de crecimiento de la economía argentina

📌 La soberanía hidorcarburífera que promueve este decreto permitirá, además, mejorar consistentemente las cuentas públicas vía reducción de subsidios energéticos

➡️ ¿CÓMO SE IMPLEMENTA LA MEDIDA?
✔️ En la norma, se define como producción (inyección) incremental de petróleo (gas natural) a la diferencia entre la producción efectiva de los últimos 12 meses y la Línea Base definida como el volumen obtenido por cada empresa en 2021.

✔️ Luego, se establece como Volumen de Producción Incremental Beneficiado (VPIB) y Volumen de Inyección Incremental Beneficiado (VIIB) al 20% de la producción incremental de crudo y al 30% de la producción incremental de gas natural que haya obtenido cada beneficiario.

✔️ Además, se obtendrán porcentajes adicionales por la cobertura del mercado interno, la reversión del declino técnico, la producción incremental en pozos de baja productividad, la contratación de empresas locales de servicios especiales y la inversión

➡️ INCENTIVOS
📌 Los beneficiarios tendrán el derecho al acceso al Mercado Libre de Cambios, por un monto equivalente a su VPIB y/o VIIB, según corresponda, valuado a precio de exportación neto de derechos y primas que correspondan. El acceso a divisas podrá ser destinado al pago de capital e intereses de pasivos comerciales o financieros con el exterior, incluyendo pasivos con empresas vinculadas no residentes, y/o utilidades y dividendos, y/o repatriación de inversiones directas de no residentes.

📌 Este derecho podrá transferirse total o parcialmente a proveedores directos del beneficiario para los mismos fines disponibles para la operadora.

➡️ PROYECCIONES 2026
✔️ Con el Gasoducto Néstor Kirchner (impulsado por el decreto 76/2022), las distintas obras de infraestructura incorporadas en el Plan Transportar del gobierno nacional y esta normativa en materia de divisas, se cumple con un conjunto de requisitos clave para obtener, de aquí a 2026, los siguientes resultados para el sector:

📌 + 71,2% de incremento en la producción de petróleo

📌 + 30% en la producción de gas por día

📌 hasta 18.000 millones de dólares anuales provenientes de las mayores exportaciones

hasta 40% de reducción de subsidios a la energía eléctrica gracias al Plan Transport.Ar.